SUSPENDEN EL FERIADO «PUENTE» DEL 24 DE MAYO POR LA PANDEMIA
El Gobierno nacional informó que suspenderá el feriado puente que estaba pautado para el 24 de mayo, día previo a la conmemoración de los 211 años de la Revolución de Mayo, para desincentivar la circulación y el turismo ante el temor a una escalada de casos de Covid-19.
A principios de año, el Gobierno informó el cronograma de feriados para 2021, que contemplaba 11 feriados inamovibles, cuatro trasladables y tres con fines turísticos, lo que contabilizaba un total de 18 días festivos.
El cronograma de los feriados para 2021 queda entonces de la siguiente manera:
Feriados inamovibles:
- 1 de enero (Año Nuevo),
- 15 y 16 de febrero (feriados de Carnaval),
- 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia),
- 2 de abril (Día del Veterano y de los caídos en la Guerra de Malvinas y Viernes Santo),
- 1 de mayo (Día del Trabajador),
- 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo),
- 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano),
- 9 de julio (Día de la Independencia),
- 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María) y
- 25 de diciembre (Navidad).
Feriados trasladables:
- 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del Gral. Güemes), que se celebrará el 21 de junio,
- 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín) pasa al 16 de agosto
- 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural) pasa al 11 de octubre
- 20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional).
Feriados «puente» con fines turísticos:
- 8 de octubre
- 22 de noviembre
Según indicaron los ministerios, «con la incorporación del fin de semana largo extendido del viernes 8 al lunes 11 de octubre, el Gobierno nacional fomenta las escapadas turísticas en primavera para replicar la exitosa experiencia desde la recuperación de los Feriados de Carnaval y seguir reactivando al sector, golpeado a nivel mundial por la pandemia de la Covid-19».
En tanto, acerca de los feriados turísticos el decreto recuerda que el Poder Ejecutivo está facultado para «fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes».
En ese sentido, menciona que esa facultad «deviene en una política destinada a impulsar el turismo interno» y que esos tres días «están relacionados con coadyuvar a disminuir los efectos negativos de la estacionalidad del sector turístico, procurando distribuirlos en el tiempo».
Fuente: FM PROFESIONAL

